La comunidad migrante en Perú recibe el día con una noticia importante. Este miércoles 26 de abril se anunció la promulgación de la Ley 31732, que contempla la amnistía de multa Migraciones Perú a personas extranjeras por un plazo de seis meses, siempre y cuando regularicen su situación migratoria en el país.
La medida se adoptó por decisión de la presidenta Dina Boluarte, y entró en vigencia al ser publicada en el Diario Oficial El Peruano.
“Se aprobó la autógrafa de la ley que regulariza y actualiza la situación migratoria mediante la exoneración de multa. Esta medida promueve que las personas extranjeras actualicen sus datos ante la entidad migratoria”, informó la mandataria peruana al dar a conocer la disposición legal, cuya implementación corresponderá a la Superintendencia Nacional de Migraciones.
¿A quién va dirigida la amnistía de multa Migraciones Perú?
La jefa de Estado precisó que la exoneración de la multa Migraciones Perú tiene un periodo de seis meses, que el plazo no será ampliado y que solo podrán beneficiarse de ella los extranjeros que ingresaron de manera legal al país, pero que por cualquier razón incurrieron en la irregularidad.
“No seremos tolerantes con mayor ampliación de este plazo y sólo aplican a extranjeros que ingresaron de manera regular y que por diferentes motivos se convirtieron en irregulares”, enfatizó Boluarte.
El anuncio se produce en el contexto de la declaración de estado de emergencia en los territorios fronterizos de las provincias de Tumbes, Piura, Cajamarca, Amazonas, Loreto, Madre de Dios y Tacna.
Asimismo, forma parte de un conjunto de acciones orientadas a mejorar el control migratorio de personas extranjeras que se encuentran en el territorio nacional.
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¿Qué dice la Ley?
La Ley Nº 31732 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de Abril de 2023, indica lo siguiente en su Artículo Único:
- Se otorga amnistía de multa, por el plazo improrrogable de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, a las personas extranjeras con conducta infractora de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones.
- La amnistía de multa también es de aplicación para las personas extranjeras referidas en el primer párrafo, que tengan procedimientos en trámite o con fraccionamiento de multa; a excepción de aquellas que ingresen al país en calidad de turistas.
Acceso a calidad migratoria para víctimas de violencia
Esta Ley también contempla un beneficio que muchas personas estaban esperando: el otorgamiento de calidad migratoria a víctimas de violencia. En tal sentido, el texto legal indica lo siguiente en su Disposición Migratoria Primera:
Se incorpora el artículo 28-A en el Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, con la siguiente redacción:
“Artículo 28-A. Acceso a calidad migratoria
- La Superintendencia Nacional de Migraciones y el Ministerio de Relaciones Exteriores, previa evaluación, otorgan la calidad migratoria a las personas extranjeras víctimas de violencia familiar con hijos nacidos en el Perú o con cónyuge o conviviente peruano”.
Lee aquí la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Ley Nº 31732
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